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institución:INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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División de Contratación Administrativa Al contestar refiérase Al oficio No.10970 01 de agosto, 2018 DCA-2800 Señor Gerardo Alvarado Blanco Gerente General INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin refrendo, por no requerirlo, la adenda siete al contrato de fideicomiso No. 32-04-BANCRÉDITO-IMAS-BANACIO/73-2002. Nos referimos a su oficio No. GG-1714-07-2018 del 19 de julio de 2018, recibido en este órgano contralor el pasado 20 de julio, vía correo electrónico, mediante el cual remite para refrendo la adenda siete al contrato de fideicomiso No. 32-04-BANCRÉDITO-IMAS- BANACIO/73-2002. Criterio de la División De conformidad con los términos de su solicitud, se somete para el trámite de refrendo de este órgano contralor, la adenda número 7 del fideicomiso señalado en el asunto. Al respecto, resulta importante tener presente que mediante la resolución No. R-DC-114- 2016 de las 11 horas del 16 de diciembre del 2016, publicada en el alcance No. 1 de La Gaceta No.3 del 04 de enero de 2017, este órgano contralor reformó el Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública y particularmente, en el artículo 1, se indicó: “Modifíquense los artículo 3, 4, 8, 12, 14 y 17, del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, publicado en el diario oficial La Gaceta N° 202 del 22 de octubre del 2007, para que se lea de la siguiente manera: [...] Artículo 4.- Modificaciones contractuales. Las modificaciones contractuales que surjan con posterioridad a un trámite de refrendo, quedarán sujetas únicamente al refrendo interno. En ese proceso la Administración deberá verificar que las modificaciones se ajusten al ordenamiento jurídico.” (el destacado no es del original) Ahora bien, en relación con las modificaciones de contratos de fideicomisos, en el oficio No. 11936 (DCA-2420) del 11 de octubre del 2017, e ...
Fecha publicación: 07/08/2018
Fecha emisión: 01/08/2018
Documento: 10970-2018.pdf
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


División de Contratación Administrativa Al contestar refiérase al oficio No.03039 13 de marzo de 2017 DCA-0565 Licenciado Gerardo Alvarado Blanco Gerente General INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL Fax 2224-6386 Estimado señor: Asunto: Se devuelven sin refrendo por no requerirlo los contratos de convenio marco para la “Adquisición de Suministros de Oficina y Consumibles para Equipo de Impresión”, suscritos entre las empresas Distribuidora Royal, S.A., Salazar y Velázquez, S.A., RR Donnelley de Costa Rica, S.A., Ramiz Supplies, S.A., IPL Sistemas, S.A., Servicios Técnicos Especializados STE, S.A., Jiménez y Tanzi, S.A., Comercializadora AT del Sur, S.A., IS Productos de Oficina Centroamérica, S.A., Corporación CEK de Costa Rica, S.A., Sauter Mayoreo, S.A., Distribuidora Comercial Tres Ases, S.A., Solución Máxima en la Computación SMC, S.A., Representaciones Sumi Comp Equipos, S.A., Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales, S.A., Productive Business Solution (Costa Rica), S.A., Oficina Comercializadora Oficomer, S.A., Ricoh Costa Rica, S.A. y el Instituto Mixto de Ayuda Social y el Instituto Costarricense de Turismo, por un monto de cuantía inestimable (Licitación Pública 2014LN-000004-0005300001) . Nos referimos a su oficio número GG-2720-12-2016 de fecha 09 de diciembre de 2016, recibido en esta Contraloría General de la República en fecha 02 de marzo de 2017, mediante el cual remite para refrendo los contratos detallados en el asunto. I. Criterio de la División Para los efectos del análisis, es necesario señalar que la normativa vigente para el ejercicio de competencias del refrendo es precisamente el artículo 3 inciso 4) del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, reformado mediante resolución número R-DC-114-2016 de las once horas del diecisiete de diciembre de dos mil dieciséis (publicada en el Alcance 1 del 04 de enero de 2016, cuya ...
Fecha publicación: 16/03/2017
Fecha emisión: 13/03/2017
Documento: 03039-2017.pdf
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


División de Contratación Administrativa Al contestar refiérase al oficio No.12159 19 de setiembre de 2016 DCA-2346 Licenciado Gerardo Alvarado Blanco Gerente General INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL Fax 2224-7172 Estimado señor: Asunto: Se imprueban los Convenios Marco para la “Adquisición de Suministros de Oficina y Consumibles para Equipo de Impresión” suscritos entre el IMAS, el ICT y Salazar y Velázquez, S.A., Distribuidora Royal, S.A., R R Donelly, S.A., Ramiz Supplies, S.A., IPL, S.A., Especializados S T E, S.A., Jiménez y Tanzi, S.A., Comercializadora A T El Sur, S.A., I.S. Productos de Oficina Centroamericana, S.A., Corporación CEK de Costa Rica, Sauter Mayoreo, S.A., Distribuidora Comercial Tres Ases, S.A., Ricoh Costa Rica, S.A., Representaciones Sumi Comp Equipos, S.A., Telecomunicaciones Radiodigitales, S.A., PBS Solutions S.A., Oficina Comercializadora Oficomer, S.A. y Solución Máxima en la Computación SMC, S.A., de cuantía inestimable, Licitación Pública 2014LN-000004- 0005300001. Nos referimos a su oficio número GG-1763-08-2016 del 08 de agosto de 2016, recibido en esta Contraloría General el 12 de agosto de 2016, mediante el cual remite para refrendo los Convenios Marco detallados en el asunto. I. Criterio de la División En el presente caso, la Administración remite para refrendo los Convenios Marco para la “Adquisición de Suministros de Oficina y Consumibles para Equipo de Impresión” suscritos entre el IMAS, el ICT y Salazar y Velázquez, S.A., Distribuidora Royal, S.A., R R Donelly, S.A., Ramiz Supplies, S.A., IPL, S.A., Especializados S T E, S.A., Jiménez y Tanzi, S.A., Comercializadora A T El Sur, S.A., I.S. Productos de Oficina Centroamericana, S.A., Corporación CEK de Costa Rica, Sauter Mayoreo, S.A., Distribuidora Comercial Tres Ases, S.A., Ricoh Costa Rica, S.A., Representaciones Sumi Comp Equipos, S.A., Telecomunicaciones Radiodigitales, S.A., PBS Solutions S. ...
Fecha publicación: 22/09/2016
Fecha emisión: 19/09/2016
Documento: 12159-2016.pdf
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


División de Contratación Administrativa Al contestar refiérase Al oficio No.09778 22 de julio, 2016 DCA-1887 Señor Gerardo Alvarado Blanco Gerente General INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin trámite por no requerir refrendo, los contratos No. 2016- 000001-O, No. 2016-000002-O, No. 2016-000003-O y 2016-000004-O suscritos entre el Instituto Mixto de Ayuda Social y en el mismo orden, con las empresas: Jiménez y Tanzi S. A, Munso Importaciones S. A, Sauter Mayoreo S. A y Corporación Vado Quesada S. A, para la adquisición de implementos escolares, bajo la modalidad de entrega según demanda, contratos derivados de la Licitación Pública No. 2016LN-000005-0005300001, cuantía inestimable. Nos referimos a su oficio No GC-1504-07-2016 del 11 de julio de 2016, recibido en esta Contraloría General de la República el 15 de julio del presente año, mediante el cual remite para refrendo los contratos descritos en el asunto. En relación con la solicitud planteada es necesario señalar que el Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, en el artículo 3, inciso 1), dispone: “Se requerirá el refrendo en los siguientes casos:/ 1) Todo contrato administrativo derivado de la aplicación del procedimiento de licitación pública, en el tanto el precio contractual alcance el límite inferior vigente para la aplicación de la licitación pública del estrato superior inmediato de aquel en el que se encuentra ubicada la Administración contratante, según lo establecido en el artículo 27 de la Ley de Contratación Administrativa. En el caso de las Instituciones ubicadas en el estrato A, se aplicará el monto mínimo para tramitar una Licitación Pública de ese mismo estrato más un diez por ciento. Igualmente procederá en el caso de contratos de cuantía inestimable provenientes de licitaciones públicas, únicamente cuando se trate de contratos de fideicomiso, conc ...
Fecha publicación: 24/07/2016
Fecha emisión: 22/07/2016
Documento: 09778-2016.pdf
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


División de Contratación Administrativa Al contestar refiérase al oficio N° 04026 31 de marzo de 2016 DCA-0814 Licenciado Gerardo Alvarado Blanco Gerente General INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL Fax 2224-7172 Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin refrendo por no requerirse, el contrato No. 2015-00031-O derivado de la Licitación Pública N° 2015LN-000004-0005300001, suscrito entre el Instituto Mixto de Ayuda Social y Construcciones Peñaranda S.A., correspondiente a “Servicios de Construcción del Edificio para ubicar las oficinas del IMAS en San Ramón”, adjudicado por un monto de ?559.226.709,68 (quinientos cincuenta y nueve millones doscientos veintiséis mil setecientos nueve colones con sesenta y ocho centésimos). Nos referimos a su oficio No. GG-0526-03-2016 de 14 de marzo de 2016, recibido en esta Contraloría General el mismo día, mediante el cual remite para su refrendo el contrato suscrito suscrito entre el Instituto Mixto de Ayuda Social y Construcciones Peñaranda S.A., correspondiente a “Servicios de Construcción del Edificio para ubicar las oficinas del IMAS en San Ramón”, adjudicado por un monto de ?559.226.709,68 (quinientos cincuenta y nueve millones doscientos veintiséis mil setecientos nueve colones con sesenta y ocho centésimos). Dicho oficio, complementa el GG-0435-03-2016 recibido en fecha 2 de marzo del mismo año, mediante el cual había sido solicitado dicho trámite de refrendo, pero omitiendo remitirse el contrato formalizado debidamente suscrito por las partes. Sobre el particular, una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el contrato de mérito sin el refrendo legal solicitado, por las razones que de seguido se indican. Mediante resolución R-DC-31-2012 del 7 de marzo del 2012, publicada en el Alcance No. 32 a La Gaceta No. 55 del 16 de marzo del 2012, esta Contraloría General procedió a la modificación del artículo 3 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contratacione ...
Fecha publicación: 05/04/2016
Fecha emisión: 31/03/2016
Documento: 04026-2016.pdf
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 04257 19 de marzo de 2015 DCA-0697 Licenciado Gerardo Alvarado Blanco Gerente General Instituto Mixto de Ayuda Social Fax: 22247172 Estimado señor: Asunto: Se concede aprobación al contrato suscrito entre el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) y el Consorcio DECO-DECO ALQUILERES S.A., para la remodelación del edificio del Archivo Central y Plantel de Transportes en Desamparados, derivado de la licitación pública 2014LN-000002-0005300001, por un monto de ¢372.401.977,76 (trescientos setenta y dos millones, cuatrocientos un mil novecientos setenta y siete colones con setenta y seis céntimos), y un plazo de 240 días naturales. Damos respuesta a su oficio GG-0298-02-2015 del 6 de febrero de 2015, recibido el día 9 del mismo mes y año en este órgano contralor, por medio del cual solicita el refrendo del contrato suscrito entre el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) y el Consorcio DECO-DECO ALQUILERES S.A. para la remodelación del edificio del archivo central y plantel de transportes en Desamparados, derivado de la licitación pública 2014LN-000002-0005300001, por un monto de ¢372.401.977,76 (trescientos setenta y dos millones, cuatrocientos un mil novecientos setenta y siete colones con setenta y seis céntimos), y un plazo de 240 días naturales. Esta División de Contratación Administrativa requirió información adicional a la Administración contratante, mediante oficio 03685 del 10 de marzo del año en curso, la cual fue atendida por medio de los oficios AJ-0279-03-2015 y GG-0739-03-2015, recibido este último en fecha 17 de marzo de 2015. Por disposición del artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de ...
Fecha publicación: 24/03/2015
Fecha emisión: 19/03/2015
Documento: 04257-2015.pdf
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11446 27 de octubre, 2014 DCA-2800 Licenciado Gerardo Alvarado Blanco Gerente General a.i. Instituto Mixto de Ayuda Social. Estimado señor: Asunto: Se aprueba contrato suscrito por Instituto Mixto de Ayuda Social y GFOURS, S.A. para la contratación de servicios de seguridad presencial y electrónica para diferentes puestos del país. por un monto de ¢600.300.000 (seiscientos millones trescientos mil colones) derivado de la Licitación Púbica No 2014LN-000001-005300001 Nos referimos a su oficio GG-1636-09-2014 del 9 de setiembre de 2014, recibido en la Contraloría General el día 17 de setiembre de 2014, mediante el cual remite para refrendo el contrato suscrito por el Instituto Mixto de Ayuda Social y GFOURS, S.A. para la contratación de servicios de seguridad presencial y electrónica para diferentes puestos del país por un monto de ¢600.300.000 (seiscientos millones trescientos mil colones) derivado de la Licitación Púbica No 2014LN-000001- 005300001. Esta División de Contratación Administrativa requirió información adicional a la Administración contratante, mediante oficio DCA-2597 de fecha 3 de octubre de 2014, el cual fue atendido mediante los oficios GG-1892-10-2014 del 8 de octubre de este año, API-842-10-2014 del 9 de octubre de ese año y API-853-10-2014 del 14 de octubre de 2014, recibidos en esta Contraloría General en la misma fecha. Por disposición del artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, se tiene por acreditado lo siguiente: 1. Certificación de contenido económico correspondiente al oficio PRES ...
Fecha publicación: 30/10/2014
Fecha emisión: 27/10/2014
Documento: 11446-2014.pdf
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 10733 07 de octubre, 2013 DCA-2470 Señora Mayra Díaz Méndez Gerente General Instituto Mixto de Ayuda Social Estimada señora: Asunto: Se devuelve sin refrendo por no requerirlo, la adenda quinta al contrato de fideicomiso 32-04 BANCRÉDITO-IMAS-BANACIO/73-2002 suscrita el 04 de setiembre de 2013 entre el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), el Banco Nacional y el Banco Crédito Agrícola de Cartago. Nos referimos a su oficio No. GG-1732-09-2013 del presente año, mediante el cual solicita el refrendo a la adenda quinta al contrato de fideicomiso 32-04 BANCRÉDITO-IMAS-BANACIO/73-2002, indicada en el asunto. Según se indica en la adenda en cuestión, se pretenden incorporar a nuevos fideicomisarios garantizados. Además se establece que el fiduciario podrá formalizar garantías a otros fideicomisarios garantizados hasta en un 20% de los recursos provenientes del saldo disponible mensual. Una vez efectuado el estudio de rigor, nos permitimos manifestar: El artículo 4 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, dispone en lo que interesa: “En los casos de modificaciones al objeto de los contratos administrativos refrendados por la Contraloría General de la República, originadas en el ejercicio de la potestad de modificación unilateral prevista en los artículos 12, párrafo primero, de la Ley de Contratación Administrativa y 200 de su Reglamento, se requiere refrendo cuando la sumatoria de las modificaciones consistentes en aumentos al objeto contractual sea superior al 10% del monto del contrato, incluyendo en ese monto los reajustes o revisiones del precio./ […] Requerirán refrendo cualesquiera otras modificaciones a los otros elementos esenciales de los contratos administrativos distintos al ob ...
Fecha publicación: 10/10/2013
Fecha emisión: 07/10/2013
Documento: 10733-2013.pdf
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 04047 25 de abril, 2013 DCA-0928 Señora Mayra Díaz Méndez Gerente General Instituto Mixto de Ayuda Social Estimada señora: Asunto: Se refrenda en forma condicionada la adenda número cuatro al contrato de fideicomiso 32-04- Bancrédito-IMAS-BANACIO/73-2002, suscrita el 26 de febrero de 2013. Nos referimos a su oficio No. GG-497-03-2013 del presente año, mediante el cual remite para refrendo adenda número cuatro al contrato de fideicomiso 32-04- Bancrédito-IMAS-BANACIO/73-2002. Mediante oficio DCA-853 del pasado 19 de abril, se requirió información adicional, la cual fue atendida por nota GG-659-04-2012 La adenda de cita, pretende modificar las cláusulas tercera, cuarta inciso b), quinta incisos c) y d), sexta incisos b) y e) y undécima. Una vez efectuado el estudio de rigor, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, devolvemos debidamente refrendada la adenda de cita, sujeta a los siguientes condicionamientos: i. Queda bajo responsabilidad de esa Administración contar con el recurso humano idóneo para lograr una adecuada ejecución y supervisión del contrato. De igual forma deberá establecer los mecanismos de control interno para la verificación de la correcta ejecución y supervisión de este contrato. En razón de las particularidades del contrato deben establecerse controles precisos y oportunos en las diferentes etapas de la gestión que garanticen el adecuado uso de los recursos públicos. ii. En relación con la cláusula tercera que se pretende modificar, se entiende que el aporte que el IMAS efectúe dependerá de su disponibilidad presupuestaria, por lo que deberá efectuar las gestiones necesarias para contar con el monto allí dispuesto. Se advierte que el refrend ...
Fecha publicación: 30/04/2013
Fecha emisión: 25/04/2013
Documento: 04047-2013.pdf
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase Al oficio No. 13753 18 de diciembre, 2012 DCA-3044 Señora Mayra Díaz Méndez Gerente General Instituto Mixto de Ayuda Social Estimada señora: Asunto: Se devuelve sin refrendo, la adenda 4 al contrato de fideicomiso suscrito entre el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), Banco Crédito Agrícola y el Banco Nacional, el 12 de octubre del 2012. Nos referimos a su oficio No. GG-2463-11-2012 del presente año, mediante el cual solicita el refrendo de la adenda 4 del fideicomiso suscrito entre el Instituto Mixto de Ayuda Social, Banco Crédito Agrícola y el Banco Nacional, el 12 de octubre del año en curso. Una vez efectuado el estudio de rigor, y de conformidad con el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, devolvemos sin refrendo, el contrato de cita, por las razones que de seguido se dirán: Es importante indicar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento antes citado, la Contraloría General al momento de realizar el análisis del contrato sometido a refrendo verifica que el clausulado se ajuste sustancialmente al ordenamiento jurídico. En el caso bajo estudio, la adenda en cuestión pretende modificar entre otros la cláusula 5 inciso c), la cual entre otras cosas, dispone: “Previo al trámite de cobro judicial la UNIDAD EJECUTORA solicitará a las Áreas Regionales del IMAS que corresponda, el estudio socioeconómico del deudor para que éstas manifiesten su recomendación social de acuerdo a las condiciones socioeconómicas de las familias en estado de morosidad, y luego la UNIDAD EJECUTORA coordinará con el FIDUCIARIO el estudio del caso y determinar si procede o no el cobro judicial.” Consultada esa entidad sobre el sustento jurídico para dicha regulación, el Instituto, mediante oficio GG- 2626-12-2012 señaló a esta ...
Fecha publicación: 21/12/2012
Fecha emisión: 18/12/2012
Documento: 13753-2012.pdf
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM