División de Contratación Administrativa
Al contestar refiérase
Al oficio No.10970
01 de agosto, 2018
DCA-2800
Señor
Gerardo Alvarado Blanco
Gerente General
INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin refrendo, por no requerirlo, la adenda siete al contrato de
fideicomiso No. 32-04-BANCRÉDITO-IMAS-BANACIO/73-2002.
Nos referimos a su oficio No. GG-1714-07-2018 del 19 de julio de 2018, recibido en este
órgano contralor el pasado 20 de julio, vía correo electrónico, mediante el cual remite para
refrendo la adenda siete al contrato de fideicomiso No. 32-04-BANCRÉDITO-IMAS-
BANACIO/73-2002.
Criterio de la División
De conformidad con los términos de su solicitud, se somete para el trámite de refrendo
de este órgano contralor, la adenda número 7 del fideicomiso señalado en el asunto.
Al respecto, resulta importante tener presente que mediante la resolución No. R-DC-114-
2016 de las 11 horas del 16 de diciembre del 2016, publicada en el alcance No. 1 de La Gaceta
No.3 del 04 de enero de 2017, este órgano contralor reformó el Reglamento sobre el Refrendo
de las Contrataciones de la Administración Pública y particularmente, en el artículo 1, se indicó:
“Modifíquense los artículo 3, 4, 8, 12, 14 y 17, del Reglamento sobre el Refrendo de las
Contrataciones de la Administración Pública, publicado en el diario oficial La Gaceta N°
202 del 22 de octubre del 2007, para que se lea de la siguiente manera: [...]
Artículo 4.- Modificaciones contractuales. Las modificaciones contractuales que
surjan con posterioridad a un trámite de refrendo, quedarán sujetas únicamente al
refrendo interno. En ese proceso la Administración deberá verificar que las
modificaciones se ajusten al ordenamiento jurídico.” (el destacado no es del original)
Ahora bien, en relación con las modificaciones de contratos de fideicomisos, en el oficio
No. 11936 (DCA-2420) del 11 de octubre del 2017, e ...
Fecha publicación: 07/08/2018
Fecha emisión: 01/08/2018
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
División de Contratación Administrativa
Al contestar refiérase
al oficio No.03039
13 de marzo de 2017
DCA-0565
Licenciado
Gerardo Alvarado Blanco
Gerente General
INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Fax 2224-6386
Estimado señor:
Asunto: Se devuelven sin refrendo por no requerirlo los contratos de convenio
marco para la “Adquisición de Suministros de Oficina y Consumibles para Equipo
de Impresión”, suscritos entre las empresas Distribuidora Royal, S.A., Salazar y
Velázquez, S.A., RR Donnelley de Costa Rica, S.A., Ramiz Supplies, S.A., IPL
Sistemas, S.A., Servicios Técnicos Especializados STE, S.A., Jiménez y Tanzi,
S.A., Comercializadora AT del Sur, S.A., IS Productos de Oficina Centroamérica,
S.A., Corporación CEK de Costa Rica, S.A., Sauter Mayoreo, S.A., Distribuidora
Comercial Tres Ases, S.A., Solución Máxima en la Computación SMC, S.A.,
Representaciones Sumi Comp Equipos, S.A., Telerad Telecomunicaciones
Radiodigitales, S.A., Productive Business Solution (Costa Rica), S.A., Oficina
Comercializadora Oficomer, S.A., Ricoh Costa Rica, S.A. y el Instituto Mixto de
Ayuda Social y el Instituto Costarricense de Turismo, por un monto de cuantía
inestimable (Licitación Pública 2014LN-000004-0005300001) .
Nos referimos a su oficio número GG-2720-12-2016 de fecha 09 de diciembre de
2016, recibido en esta Contraloría General de la República en fecha 02 de marzo de
2017, mediante el cual remite para refrendo los contratos detallados en el asunto.
I. Criterio de la División
Para los efectos del análisis, es necesario señalar que la normativa vigente para
el ejercicio de competencias del refrendo es precisamente el artículo 3 inciso 4) del
Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública,
reformado mediante resolución número R-DC-114-2016 de las once horas del
diecisiete de diciembre de dos mil dieciséis (publicada en el Alcance 1 del 04 de enero
de 2016, cuya ...
Fecha publicación: 16/03/2017
Fecha emisión: 13/03/2017
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Asunto: SE IMPRUEBAN LOS CONVENIOS MARCO PARA LA “ADQUISICION DE SUMINISTROS DE OFICINA Y CONSUMIBLES PARA EQUIPO DE IMPRESION” SUSCRITOS ENTRE EL IMAS, EL ICT Y SALAZAR Y VELAZQUEZ, S.A., DISTRIBUIDORA ROYAL, S.A., R R DONELLY, S.A., RAMIZ SUPPLIES, S.A., IPL, S
División de Contratación Administrativa
Al contestar refiérase
al oficio No.12159
19 de setiembre de 2016
DCA-2346
Licenciado
Gerardo Alvarado Blanco
Gerente General
INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Fax 2224-7172
Estimado señor:
Asunto: Se imprueban los Convenios Marco para la “Adquisición de Suministros de
Oficina y Consumibles para Equipo de Impresión” suscritos entre el IMAS, el ICT y
Salazar y Velázquez, S.A., Distribuidora Royal, S.A., R R Donelly, S.A., Ramiz Supplies,
S.A., IPL, S.A., Especializados S T E, S.A., Jiménez y Tanzi, S.A., Comercializadora A T
El Sur, S.A., I.S. Productos de Oficina Centroamericana, S.A., Corporación CEK de Costa
Rica, Sauter Mayoreo, S.A., Distribuidora Comercial Tres Ases, S.A., Ricoh Costa Rica,
S.A., Representaciones Sumi Comp Equipos, S.A., Telecomunicaciones Radiodigitales,
S.A., PBS Solutions S.A., Oficina Comercializadora Oficomer, S.A. y Solución Máxima en
la Computación SMC, S.A., de cuantía inestimable, Licitación Pública 2014LN-000004-
0005300001.
Nos referimos a su oficio número GG-1763-08-2016 del 08 de agosto de 2016, recibido en
esta Contraloría General el 12 de agosto de 2016, mediante el cual remite para refrendo los
Convenios Marco detallados en el asunto.
I. Criterio de la División
En el presente caso, la Administración remite para refrendo los Convenios Marco para la
“Adquisición de Suministros de Oficina y Consumibles para Equipo de Impresión” suscritos
entre el IMAS, el ICT y Salazar y Velázquez, S.A., Distribuidora Royal, S.A., R R Donelly, S.A.,
Ramiz Supplies, S.A., IPL, S.A., Especializados S T E, S.A., Jiménez y Tanzi, S.A.,
Comercializadora A T El Sur, S.A., I.S. Productos de Oficina Centroamericana, S.A.,
Corporación CEK de Costa Rica, Sauter Mayoreo, S.A., Distribuidora Comercial Tres Ases,
S.A., Ricoh Costa Rica, S.A., Representaciones Sumi Comp Equipos, S.A., Telecomunicaciones
Radiodigitales, S.A., PBS Solutions S. ...
Fecha publicación: 22/09/2016
Fecha emisión: 19/09/2016
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
División de Contratación Administrativa
Al contestar refiérase
Al oficio No.09778
22 de julio, 2016
DCA-1887
Señor
Gerardo Alvarado Blanco
Gerente General
INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin trámite por no requerir refrendo, los contratos No. 2016-
000001-O, No. 2016-000002-O, No. 2016-000003-O y 2016-000004-O suscritos entre el
Instituto Mixto de Ayuda Social y en el mismo orden, con las empresas: Jiménez y Tanzi S. A,
Munso Importaciones S. A, Sauter Mayoreo S. A y Corporación Vado Quesada S. A, para la
adquisición de implementos escolares, bajo la modalidad de entrega según demanda, contratos
derivados de la Licitación Pública No. 2016LN-000005-0005300001, cuantía inestimable.
Nos referimos a su oficio No GC-1504-07-2016 del 11 de julio de 2016, recibido en esta
Contraloría General de la República el 15 de julio del presente año, mediante el cual remite
para refrendo los contratos descritos en el asunto.
En relación con la solicitud planteada es necesario señalar que el Reglamento sobre el
Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, en el artículo 3, inciso 1),
dispone:
“Se requerirá el refrendo en los siguientes casos:/ 1) Todo contrato administrativo
derivado de la aplicación del procedimiento de licitación pública, en el tanto el precio
contractual alcance el límite inferior vigente para la aplicación de la licitación pública
del estrato superior inmediato de aquel en el que se encuentra ubicada la
Administración contratante, según lo establecido en el artículo 27 de la Ley de
Contratación Administrativa. En el caso de las Instituciones ubicadas en el estrato A,
se aplicará el monto mínimo para tramitar una Licitación Pública de ese mismo
estrato más un diez por ciento. Igualmente procederá en el caso de contratos de
cuantía inestimable provenientes de licitaciones públicas, únicamente cuando
se trate de contratos de fideicomiso, conc ...
Fecha publicación: 24/07/2016
Fecha emisión: 22/07/2016
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
División de Contratación Administrativa
Al contestar refiérase
al oficio N° 04026
31 de marzo de 2016
DCA-0814
Licenciado
Gerardo Alvarado Blanco
Gerente General
INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Fax 2224-7172
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin refrendo por no requerirse, el contrato No. 2015-00031-O
derivado de la Licitación Pública N° 2015LN-000004-0005300001, suscrito entre el
Instituto Mixto de Ayuda Social y Construcciones Peñaranda S.A., correspondiente a
“Servicios de Construcción del Edificio para ubicar las oficinas del IMAS en San Ramón”,
adjudicado por un monto de ?559.226.709,68 (quinientos cincuenta y nueve millones
doscientos veintiséis mil setecientos nueve colones con sesenta y ocho centésimos).
Nos referimos a su oficio No. GG-0526-03-2016 de 14 de marzo de 2016, recibido en
esta Contraloría General el mismo día, mediante el cual remite para su refrendo el contrato
suscrito suscrito entre el Instituto Mixto de Ayuda Social y Construcciones Peñaranda S.A.,
correspondiente a “Servicios de Construcción del Edificio para ubicar las oficinas del IMAS en
San Ramón”, adjudicado por un monto de ?559.226.709,68 (quinientos cincuenta y nueve
millones doscientos veintiséis mil setecientos nueve colones con sesenta y ocho centésimos).
Dicho oficio, complementa el GG-0435-03-2016 recibido en fecha 2 de marzo del mismo
año, mediante el cual había sido solicitado dicho trámite de refrendo, pero omitiendo remitirse el
contrato formalizado debidamente suscrito por las partes.
Sobre el particular, una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el contrato de
mérito sin el refrendo legal solicitado, por las razones que de seguido se indican.
Mediante resolución R-DC-31-2012 del 7 de marzo del 2012, publicada en el Alcance
No. 32 a La Gaceta No. 55 del 16 de marzo del 2012, esta Contraloría General procedió a la
modificación del artículo 3 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contratacione ...
Fecha publicación: 05/04/2016
Fecha emisión: 31/03/2016
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 04257
19 de marzo de 2015
DCA-0697
Licenciado
Gerardo Alvarado Blanco
Gerente General
Instituto Mixto de Ayuda Social
Fax: 22247172
Estimado señor:
Asunto: Se concede aprobación al contrato suscrito entre el Instituto Mixto de Ayuda
Social (IMAS) y el Consorcio DECO-DECO ALQUILERES S.A., para la remodelación
del edificio del Archivo Central y Plantel de Transportes en Desamparados, derivado de
la licitación pública 2014LN-000002-0005300001, por un monto de ¢372.401.977,76
(trescientos setenta y dos millones, cuatrocientos un mil novecientos setenta y siete
colones con setenta y seis céntimos), y un plazo de 240 días naturales.
Damos respuesta a su oficio GG-0298-02-2015 del 6 de febrero de 2015, recibido el día
9 del mismo mes y año en este órgano contralor, por medio del cual solicita el refrendo del
contrato suscrito entre el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) y el Consorcio DECO-DECO
ALQUILERES S.A. para la remodelación del edificio del archivo central y plantel de transportes
en Desamparados, derivado de la licitación pública 2014LN-000002-0005300001, por un monto
de ¢372.401.977,76 (trescientos setenta y dos millones, cuatrocientos un mil novecientos
setenta y siete colones con setenta y seis céntimos), y un plazo de 240 días naturales.
Esta División de Contratación Administrativa requirió información adicional a la
Administración contratante, mediante oficio 03685 del 10 de marzo del año en curso, la cual fue
atendida por medio de los oficios AJ-0279-03-2015 y GG-0739-03-2015, recibido este último
en fecha 17 de marzo de 2015.
Por disposición del artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de
...
Fecha publicación: 24/03/2015
Fecha emisión: 19/03/2015
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11446
27 de octubre, 2014
DCA-2800
Licenciado
Gerardo Alvarado Blanco
Gerente General a.i.
Instituto Mixto de Ayuda Social.
Estimado señor:
Asunto: Se aprueba contrato suscrito por Instituto Mixto de Ayuda Social y GFOURS, S.A. para la
contratación de servicios de seguridad presencial y electrónica para diferentes puestos del país. por un
monto de ¢600.300.000 (seiscientos millones trescientos mil colones) derivado de la Licitación Púbica No
2014LN-000001-005300001
Nos referimos a su oficio GG-1636-09-2014 del 9 de setiembre de 2014, recibido en la
Contraloría General el día 17 de setiembre de 2014, mediante el cual remite para refrendo el contrato
suscrito por el Instituto Mixto de Ayuda Social y GFOURS, S.A. para la contratación de servicios de
seguridad presencial y electrónica para diferentes puestos del país por un monto de ¢600.300.000
(seiscientos millones trescientos mil colones) derivado de la Licitación Púbica No 2014LN-000001-
005300001.
Esta División de Contratación Administrativa requirió información adicional a la Administración
contratante, mediante oficio DCA-2597 de fecha 3 de octubre de 2014, el cual fue atendido mediante los
oficios GG-1892-10-2014 del 8 de octubre de este año, API-842-10-2014 del 9 de octubre de ese año y
API-853-10-2014 del 14 de octubre de 2014, recibidos en esta Contraloría General en la misma fecha.
Por disposición del artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la
Administración Pública, se tiene por acreditado lo siguiente:
1. Certificación de contenido económico correspondiente al oficio PRES ...
Fecha publicación: 30/10/2014
Fecha emisión: 27/10/2014
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 10733
07 de octubre, 2013
DCA-2470
Señora
Mayra Díaz Méndez
Gerente General
Instituto Mixto de Ayuda Social
Estimada señora:
Asunto: Se devuelve sin refrendo por no requerirlo, la adenda quinta al contrato de fideicomiso 32-04
BANCRÉDITO-IMAS-BANACIO/73-2002 suscrita el 04 de setiembre de 2013 entre el
Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), el Banco Nacional y el Banco Crédito Agrícola de
Cartago.
Nos referimos a su oficio No. GG-1732-09-2013 del presente año, mediante el cual solicita el refrendo a la
adenda quinta al contrato de fideicomiso 32-04 BANCRÉDITO-IMAS-BANACIO/73-2002, indicada en el
asunto.
Según se indica en la adenda en cuestión, se pretenden incorporar a nuevos fideicomisarios garantizados.
Además se establece que el fiduciario podrá formalizar garantías a otros fideicomisarios garantizados hasta en
un 20% de los recursos provenientes del saldo disponible mensual.
Una vez efectuado el estudio de rigor, nos permitimos manifestar:
El artículo 4 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, dispone
en lo que interesa:
“En los casos de modificaciones al objeto de los contratos administrativos refrendados
por la Contraloría General de la República, originadas en el ejercicio de la potestad de
modificación unilateral prevista en los artículos 12, párrafo primero, de la Ley de
Contratación Administrativa y 200 de su Reglamento, se requiere refrendo cuando la
sumatoria de las modificaciones consistentes en aumentos al objeto contractual sea
superior al 10% del monto del contrato, incluyendo en ese monto los reajustes o revisiones
del precio./ […] Requerirán refrendo cualesquiera otras modificaciones a los otros
elementos esenciales de los contratos administrativos distintos al ob ...
Fecha publicación: 10/10/2013
Fecha emisión: 07/10/2013
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 04047
25 de abril, 2013
DCA-0928
Señora
Mayra Díaz Méndez
Gerente General
Instituto Mixto de Ayuda Social
Estimada señora:
Asunto: Se refrenda en forma condicionada la adenda número cuatro al contrato de fideicomiso
32-04- Bancrédito-IMAS-BANACIO/73-2002, suscrita el 26 de febrero de 2013.
Nos referimos a su oficio No. GG-497-03-2013 del presente año, mediante el cual remite para refrendo
adenda número cuatro al contrato de fideicomiso 32-04- Bancrédito-IMAS-BANACIO/73-2002.
Mediante oficio DCA-853 del pasado 19 de abril, se requirió información adicional, la cual fue atendida
por nota GG-659-04-2012
La adenda de cita, pretende modificar las cláusulas tercera, cuarta inciso b), quinta incisos c) y d), sexta
incisos b) y e) y undécima.
Una vez efectuado el estudio de rigor, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento
sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, devolvemos debidamente
refrendada la adenda de cita, sujeta a los siguientes condicionamientos:
i. Queda bajo responsabilidad de esa Administración contar con el recurso humano idóneo para
lograr una adecuada ejecución y supervisión del contrato. De igual forma deberá establecer
los mecanismos de control interno para la verificación de la correcta ejecución y supervisión
de este contrato. En razón de las particularidades del contrato deben establecerse controles
precisos y oportunos en las diferentes etapas de la gestión que garanticen el adecuado uso de
los recursos públicos.
ii. En relación con la cláusula tercera que se pretende modificar, se entiende que el aporte que el
IMAS efectúe dependerá de su disponibilidad presupuestaria, por lo que deberá efectuar las
gestiones necesarias para contar con el monto allí dispuesto. Se advierte que el refrend ...
Fecha publicación: 30/04/2013
Fecha emisión: 25/04/2013
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
Al oficio No. 13753
18 de diciembre, 2012
DCA-3044
Señora
Mayra Díaz Méndez
Gerente General
Instituto Mixto de Ayuda Social
Estimada señora:
Asunto: Se devuelve sin refrendo, la adenda 4 al contrato de fideicomiso suscrito entre el Instituto
Mixto de Ayuda Social (IMAS), Banco Crédito Agrícola y el Banco Nacional, el 12 de octubre
del 2012.
Nos referimos a su oficio No. GG-2463-11-2012 del presente año, mediante el cual solicita el refrendo de
la adenda 4 del fideicomiso suscrito entre el Instituto Mixto de Ayuda Social, Banco Crédito Agrícola y el
Banco Nacional, el 12 de octubre del año en curso.
Una vez efectuado el estudio de rigor, y de conformidad con el artículo 8 del Reglamento sobre el
Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, devolvemos sin refrendo, el contrato de cita,
por las razones que de seguido se dirán:
Es importante indicar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento antes citado, la
Contraloría General al momento de realizar el análisis del contrato sometido a refrendo verifica que el
clausulado se ajuste sustancialmente al ordenamiento jurídico.
En el caso bajo estudio, la adenda en cuestión pretende modificar entre otros la cláusula 5 inciso c), la cual
entre otras cosas, dispone:
“Previo al trámite de cobro judicial la UNIDAD EJECUTORA solicitará a las Áreas Regionales
del IMAS que corresponda, el estudio socioeconómico del deudor para que éstas manifiesten su
recomendación social de acuerdo a las condiciones socioeconómicas de las familias en estado de
morosidad, y luego la UNIDAD EJECUTORA coordinará con el FIDUCIARIO el estudio del
caso y determinar si procede o no el cobro judicial.”
Consultada esa entidad sobre el sustento jurídico para dicha regulación, el Instituto, mediante oficio GG-
2626-12-2012 señaló a esta ...
Fecha publicación: 21/12/2012
Fecha emisión: 18/12/2012
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM